Frank Sauerbaum Diputado por Ñuble: Nueva Ley de Incendios.
Escrito por Radio Contigo el 16 de diciembre de 2024
El proyecto de ley se encuentra en segundo trámite constitucional, discutiéndose en particular en la Comisión de Agricultura del Senado, para luego verse en la Comisión de Hacienda y posteriormente en la Sala. El Gobierno ha anunciado su intención de despachar el proyecto a ley durante el mes de diciembre de 2024. El proyecto original del Gobierno se enfocaba exclusivamente en la prevención de incendios forestales. Tras ajustes legislativos, se incluyeron elementos de mitigación y preparación, pero persisten dudas sobre su efectividad a corto y mediano plazo. Además, el proyecto omite aspectos clave como el combate de incendios, detección temprana con nuevas tecnologías, investigación y recuperación de áreas afectadas. La principal innovación del proyecto es el establecimiento de las zonas de interfaz urbanorural, que son áreas de transición entre formaciones vegetales y zonas urbanas o habitadas. Estas serán definidas en instrumentos de planificación territorial (planes reguladores comunales, intercomunales o seccionales), los cuales también especificarán las acciones y medidas necesarias para prevenir y reducir los incendios forestales, y que son obligatorias para los propietarios de los predios ubicados en dichas zonas. En áreas que estén fuera de los límites urbanos y que no estén consideradas dentro de las zonas de interfaz, el Servicio Nacional Forestal (actual CONAF), podrá definir zonas de amortiguación, de acuerdo con la determinación del área de amenaza. Se determinarán acciones o medidas tendientes a reducir o eliminar vegetación tales como corta de cosecha, podas, extracción de combustible de origen vegetal, manejo de faenas forestales, y toda otra medida para lograr la discontinuidad de combustible en el territorio. Estas acciones también serán de cargo de los propietarios, salvo que cuente con un instrumento de gestión forestal aprobado por la autoridad. Además de establecer principios y definiciones, el proyecto incorpora diversos instrumentos de gestión forestal, como la clasificación quinquenal de áreas de amenaza, pautas técnicas de prevención, planes de manejo preventivo, uso controlado del fuego, incentivos para sistemas agroforestales y la opción de desafectar terrenos forestales. Adicionalmente, se establece un régimen de fiscalización y sancionatorio a los propietarios que incumplan con lo establecido en la ley, a cargo del Servicio Nacional Forestal (SERNAFOR). Dentro de los criterios para determinar las multas se considerará el beneficio económico obtenido debido a la infracción, si hay sanciones previas y la capacidad económica del infractor. Una de las principales críticas al proyecto es que impone gran parte de la responsabilidad de la prevención y mitigación de incendios forestales en los propietarios de los predios, sin ofrecer recursos suficientes ni incentivos que consideren las diversas capacidades económicas y realidades territoriales. Aunque se menciona que el Servicio, junto con los municipios, podrá brindar asistencia técnica a los propietarios —especialmente a pequeños agricultores y propietarios—, los informes financieros del proyecto solo asignan 20 funcionarios a nivel nacional para tareas de prevención, fiscalización y sanciones. Además, si bien se han incorporado normas que habilitan a que las municipalidades y gobiernos regionales, con cargo a sus presupuestos, puedan apoyar y acompañar a los propietarios, hasta que esto ocurra, la ejecución efectiva de las medidas de prevención quedará en manos de los propietarios, quienes deberán asumir los costos de cumplimiento.